Reclamación de elementos no descritos: Indicios
Hay veces, que hemos reclamado judicialmente, que el muro que rodea la propiedad-, está agrieteado, mal cimentado y se está cayendo; y pretendemos que responda, el promotor
Lo primero que uno se pregunta, es cómo reclamar los daños existentes en ese muro, -que cuestan una importante cantidad- cuando no sabemos, -o al menos no podemos demostrar- que pertenece a la propiedad. Mejor dicho, sí lo sabemos, pero a la hora de buscarlo en las escritura etc, no aparece como “muro”, sino que en la descripción de las zonas comunes se olvidaron mencionarlo, y sólo se dice, …que hay una piscina,…un jardín o zonas ajardinadas,…cuarto de contadores….acceso a garajes; pero no aparece descrito aquel paramento. Y en los planos no se ve.
Pero claro que hay muro, y está roto. La promotora se felicita de dicha ambigüedad. Para demostrar su existencia hay que recurrir a los INDICIOS:
* En primer lugar, el muro se integra estética y funcionalmente en la edificación, presentando una línea similar y un mismo color. Y el muro separa las viviendas de la calle.
* En segundo lugar, el citado muro cumple una función de seguridad, requisito básico de toda edificación, al amparo de lo dispuesto en el artículo 3.1.b.3) de la LOE, que impone la “seguridad de utilización, de tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas”.
* Tercero; El alojamiento de “cuarto de contadores” para agua, luz y telecomunicaciones”, sÍ aparecía en el título, hallándose dicha caseta adosada al muro.
Entonces de las circunstancias expuestas permiten llegar a la conclusión de que el muro es coetáneo a la promoción de la edificación y, por lo tanto, existe la obligación, por parte de la promotora de repararlo.
Toda esta lógica, es aplicable a otras edificaciones que no aparecen en el título, pero caen de cajón que las construyó el promotor, -aunque se niegue a reconocerlo-, pero que por los indicios, y sin tener un fotografía o planos de cuando se hicieron, PRUEBAN que han pertenecido siempre a la edificación. Si tiene alguna duda sobre esto o cualquier otra sobre reclamaciones de elementos constructivos de una comunidad, consúltenos.
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