Humedad de condensación
La humedad provocada por la condensación del vapor de agua es aquella que tiende a atravesarlo por alcanzar en algún punto de su recorrido la temperatura de saturación o de rocío. El síntoma propio de este tipo de humedad es la mancha de color pardo oscuro que pasa a negro intenso con la formación de un hongo de gran población y de característico olor. La causa se encuentra en un aislamiento insuficiente del cerramiento, sobre todo en determinados puntos (puentes térmicos).
Los puentes térmicos son puntos débiles, térmicamente considerados, y pueden definirse como el conjunto de puntos de un paramento interior que mantiene la temperatura superficial del mismo por debajo de la del resto de la superficie. Si la temperatura es inferior al valor estimado como punto de rocío del aire del local, se producirá la condensación del vapor de agua.
Para evitar estos puentes térmicos en el proyecto de las obras, se debe de diseñar que el aislamiento térmico sea pasante ya sea por la zona interior o exterior, caso contrario, el aislante térmico se interrumpe, quedando estos puntos totalmente desprotegidos, y por tanto da como resultado la proliferación de humedades de condensación.
Asimismo, la ejecución del aislante debe ejecutarse correctamente, fija a un paramento, para el buen funcionamiento térmico del elemento, así como que no exista separación con los marcos de las ventanas y en los encuentros con los elementos estructurales, para evitar la aparición de humedades.
Las humedades de condensación son especialmente molestas, y llegan a afectar de forma notable la habitabilidad de la vivienda, facilitando la proliferación de hongos y mohos, etc…, impiden que puedan mantenerse los habitáculos salubres y limpios, y afectan asimismo a la salubridad de la misma pudiendo afectar negativamente a la salud de los moradores (pueden provocar reacciones alérgicas, enfermedades pulmonares o respiratorias, cefaleas…).
Es por ello que se hace necesario repararlas desde el origen, no siendo aceptable un mero pintado ya que sería un arreglo superficial sin actuar sobre la verdadera causa del problema.
NOTA: Las humedades de condensación ocasionan el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad del apartado 1, letra c), del artículo 3 de la LOE, y para poder reclamarla, hay que hacerlo dentro de los plazo de dos años, una vez que el daño se ha producido dentro del plazo de 3 años desde la terminación de la edificación.
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