La consecuencia del hundimiento del terreno se manifiesta al detectar grietas en la vivienda, el descenso del suelo con respecto a las paredes, el despegue de los zócalos del paramento, la inclinación excesiva del suelo, etc, y es cuando un arquitecto-perito debe estudiar el Proyecto del arquitecto de la obra, el Informe geotécnico y debe inspeccionar la vivienda, para determinar si hubo un incorrecto diseño del Proyecto de la vivienda o del edificio, o una incorrecta ejecución de la obra.
Una vez se determine el origen de hundimiento del terreno, y el agente constructivo responsable, es cuando se debe reclamar.
Descenso del terreno construido
El descenso del terreno tiene como origen una mala compactación del terreno, materiales de relleno, un suelo arcilloso o sin compactar, o incluso la filtración de aguas, ya sea por nivel freático de aguas subterráneas, como por rotura de tuberías.
La consecuencia del descenso del terreno suele ser la aparición de grietas en la vivienda, puesto que exista un asentamiento inadecuado de la cimentación, ya sea por la mala calidad del terreno y que no se haya tenido en cuenta a la hora de proyectar la cimentación, ya sea por la filtración de aguas, y no se haya impermeabilizado adecuadamente la cimentación.

Cómo reclamar el suelo inclinado de tu casa
La vía de reclamación es muy clara. En primer lugar, un arquitecto-perito debe inspeccionar la vivienda o edificio para redactar un dictamen pericial, que será la base y prueba de una demanda judicial.
En dicho dictamen, no sólo se establecerá el origen del hundimiento del terreno, sino que se establecerá el modo de reparación y el coste de la reparación.
Con los resultados del dictamen pericial se determinarán las responsabilidades, ya sea del arquitecto, del aparejador, de la constructora y/o de la promotora y se reclamará judicialmente la reparación o indemnización de los defectos constructivos.
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