Humedades por Capilaridad

Expertos en reclamación de daños por capilaridad
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La humedad por capilaridad es aquella que asciende desde el suelo hacia arriba, afectando al interior de la vivienda a través de los poros de las paredes y todo material poroso de la construcción, a través de los llamados capilares. Esta absorción capilar es similar al efecto de absorción que se produce cuando ponemos una servilleta de papel de forma vertical a una superficie horizontal llena de agua.

Es otro defecto de habitabilidad muy molesto que puede manifestarse en una vivienda de obra nueva, y que debe ser reclamado.

Cómo reclamar los daños por humedades de capilaridad en viviendas

Para reclamar las humedades de capilaridad lo primero es que un perito especialista en la materia constate dichas humedades, encuentre su causa, el origen, proponga una solución técnica con un presupuesto de reparación, emitiendo para ello un preciso informe pericial. Una vez determinado el origen y las causas de los daños y por tanto se pueda dilucidar la responsabilidad, se podrá reclamar frente a la promotora, a la constructora o a la dirección facultativa como responsables de dicha humedad.

En base a ese informe pericial, se les reclamará formalmente a los responsables. Si no atienden ese requerimiento, se interpone un procedimiento judicial. El procedimiento judicial deberá interponerse en el partido judicial donde alguno de los demandados tenga su domicilio. Normalmente son procedimientos ordinarios, al ser la cuantía mayor a 6000 €, por lo que será necesario (a diferencia del procedimiento verbal) celebrarse en dos actos, con una Audiencia Previa, y un Juicio. La media de resolución de los procedimiento en primera instancia suele ser de unos 10 meses-1 año.

 

Responsabilidad de las humedades por capilaridad

El informe pericial que se realice determinará cuál es la causa de esas humedades de capilaridad. Y en función al origen de esos daños se podrán depurar responsabilidades entre los intervinientes constructivos. Dado que en el proceso constructivo se ha podido provocar dicha patología por un defecto de ejecución, de la constructora por ejemplo a la hora de colocar un faldón o una malla impermeabilizante lateral que proteja esos elementos de la humedad o una ausencia de medidas de previsión en el proyecto o de vigilancia por la dirección facultativa de esos trabajos.

 

Dependiendo la causa de los daños que determine el perito en su informe, se podrá dirimir la responsabilidad frente al aparejador, la constructora o la promotora de la obra, dado que existe una garantía legal contemplada en la Ley para solicitar a los intervinientes constructivos que respondan de su mal hacer .

Plazos de reclamación por capilaridad en edificios

Las humedades de capilaridad como daños que afectan a la habitabilidad de las viviendas tienen un plazo de garantía de 3 años, tal y como establece el artículo 17.1.b de la Ley de Ordenación de la edificación:

b) Durante tres años, de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad del apartado 1, letra c), del artículo 3.

Una vez surgidas en ese plazo de garantía, se haya emitido un informe o hayan sido requeridos los responsables, se dispone de un plazo de 2 años para interponer una demanda judicial en virtud del artículo 18 de la LOE.

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