Deje que un perito experto en la materia examine la instalación completa de su vivienda, comprobando si cumple la normativa, si todo funciona eficientemente, encontrando cuál es la causa de ese problema y analizando la viabilidad de su reclamación, para en su caso reclamar judicialmente a los responsables.
Defectos de instalaciones en viviendas o edificios

SISTEMAS ACS
Los sistemas de agua caliente sanitaria frecuentemente presentan averías: la bomba deja de funcionar, el intercambiador no calienta ni enfría correctamente, pérdidas o goteos en la tubería. Si detecta problemas en la instalación de ACS de una vivienda de nueva construcción, conviene asesorarse para reclamar.

PLACAS SOLARES
Aunque la energía solar representa una opción ecológica y sostenible, la instalación de paneles puede sufrir defectos: soportes mal anclados, cableado incorrecto, fugas en circuitos o falta de rendimiento. Cuando estos fallos aparecen, la inversión en placas solares pierde valor y puede reclamarse a los responsables.

DOMÓTICA
Los sistemas de domótica en el hogar deberían ofrecernos confort y eficiencia. Sin embargo, es frecuente encontrar fallos en sensores, centralitas o actuadores: ordenadores que no responden, termostatos descalibrados, o módulos de control defectuosos. Estos defectos encarecen la vivienda y pierden funcionalidad, lo que permite reclamar a la empresa instaladora.
El artículo 3 c.4) de la LOE establece como requisitos básicos de la edificación “otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio”. Es decir, que los defectos de las instalaciones de las viviendas pueden entenderse como daños que afectan a la habitabilidad y menoscaban los requisitos básicos de la edificación y por tanto pueden ser reclamados a los responsables.
¿Cuándo reclamar defectos en instalaciones de una casa?
Si tiene alguno de estos problemas en la instalación ya enumerados: con el sistema ACS, con placas solares, con la domótica no debería conformarse. Debería reclamarlo. Debe saber que existía una garantía legal de 3 años para este tipo de daños según la Ley de Ordenación de la edificación desde el acta de recepción de la obra, y una vez manifestados estos daños tiene 2 años más para interponer la demanda.
Si tiene algún otro daño de habitabilidad no tarde en reclamar. En DPCon estamos especializados en la reclamación de daños por humedades, mal aislamiento acústico, piscinas, filtración de aire entre otros de los que no tiene que dudar en reclamar por medio judicial.
¡NO DUDE EN CONSULTARNOS!
PRESUPUESTOS A MEDIDA
