Su dinero

¿A que usted cuando paga por la casa que le han construido, no paga entregando dinero cercenado, defectuoso, o deteriorado, que tenga menos valor que el facial correspondiente a las unidades monetarias entregadas?
Entonces, si paga con dinero bueno, parece obvio que debe recibir un producto tan bueno como el dinero que entrega en contraprestación.
Si encarga que le construyan una casa, -no ya una mansión-, simplemente una casa, su casa, lo que usted está haciendo, es un contrato con obligación de resultado, pues su objeto no es simplemente la energía del trabajo, sino el “resultado” de ese trabajo.
Usted, asume, que tiene que pagar el precio de la obra, cuando la misma esté terminada.
¿Pero, el arquitecto, el aparejador, y la constructora, cumplen realmente como usted, en la ejecución de la obra convenida con las características adecuadas a su fin, para que pueda ser estimada “de recibo“, es decir, que reúna las condiciones de aptitud e idoneidad normales?
Pues si no es así, -o es a medias-, entérese sin reservas, y contundencia, que tiene que exigirlo.
El encargo que ha hecho usted, era la proyección, dirección y ejecución de las obras de su vivienda, conforme, no sólo a lo convenido, sino a la realidad social del tiempo de hoy, conforme a las normas de la buena construcción y a los usos y normas profesionales, para que reúna las adecuadas condiciones de aptitud e idoneidad.
Como hemos dicho, el objeto del Arquitecto, Aparejador, y Constructor de Obra, no es simplemente la energía del trabajo, sino el resultado de ese trabajo, es decir, y en resumen, su buena ejecución técnica.
Y que no le engañen; la mera existencia del proyecto “visado” por el colegio de arquitectos, o el otorgamiento de una “licencia de obras” con base en el mismo, o el otorgamiento de una “cédula de habitabilidad” por parte de la administración, NO SON suficientes para tener por cumplido el encargo de proyectar y ejecutar, su “vivienda unifamiliar”, correctamente.
No sólo les ha encargado usted, a los corresponientes profesionales el proyectar y edificar una vivienda unifamiliar, “y entregarles un proyecto con los permisos administrativos” sino dirigir también la ejecución de esa obra y certificar que se ejecutó todo de acuerdo a lo proyectado. Por ese encargo usted pagó dinero de verdad, por sus honorarios, certificaciones y facturas, tanto por el proyecto como por la dirección de obra, y ellos le deben entregar como contraprestación una casa bien hecha, apta e idónea para vivir, no menos.
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