Derrumbe de un edificio ¿y ahora qué?

julio 25, 2017

¿En que situación legal se quedan los propietarios de un edificio que ha sufrido un derrumbe?

Nos llegan consultas de propietarios sobre el derrumbe, parcial o total, y sin causa o motivo aparente, de su edificio. Habitualmente son edificios con más de 50 años.

Ante una situación así ¿Cómo actuar? ¿Quién tiene la responsabilidad? ¿Qué pueden hacer los propietarios?

La cuestión de la responsabilidad depende del origen del derrumbamiento.

  • Por obras en el edificio, ya sea en los bajos del edificio o bien en algún piso, por lo que habrá un responsable, ya sea el constructor o la dirección de obra (arquitecto y/o aparejador); el promotor de la obra, igualmente, no estará exento de responsabilidad.

Si han aparecido, previamente, grietas en los bajos o en las viviendas, es un “aviso”  de que algo está fallando y se debe paralizar la obra con inmediatez y que un arquitecto superior dictamine si es seguro, o no, continuar con la obra.

Cuando hay un desplome del edificio, evidentemente es que han “tocado” algo que no debieron, ya sea pilares, cimentación, muros de contención, etc, y el problema es muy grave, dado que los propietarios e inquilinos afectados deberán desalojar el inmueble, durante meses o incluso años.

En este caso los propietarios deberán encargar un Informe pericial sobre las obras causantes del derrumbe y el estado del inmueble para reclamar a los responsables, que deberán asumir la reparación y/o indemnización de los daños causados.

  • Por otras causas. Cuando un edificio se derrumba parcial o completamente, sin causa aparente, evidentemente hay un origen. Cuando la edificación es muy antigua, la causa principal puede ser aluminosis, carcoma en la estructura de madera, deterioro de los materiales de cimentación, incremento de cargas que pueda soportar la edificación, etc, es decir, fatiga de los materiales, que por antiguos y/o mala conservación, llegan a un colapso, aparentemente, sin un origen o causa principal.

En este caso, no hay más responsables que todos los propietarios del edificio, que debieron conservar el edificio; lo que no hicieron, ya sea por desconocimiento, por dejadez o por cualquier otra causa.

Los Ayuntamientos abren expedientes para determinar las causas de dichos derrumbamientos, analizando el edificio y redactando Informes, resolviendo de acuerdo al estado del edificio, pudiendo:

  1. Denegar la declaración de estado ruinoso. La propia resolución deberá ordenar la ejecución de las obras de conservación o rehabilitación y demás medidas necesarias para reponer las condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad.
  2. Declarar el estado de ruina. La resolución deberá ordenar la rehabilitación o la demolición del inmueble señalando plazos al efecto, y en su caso, detallar las obras y medidas necesarias para asegurar la integridad física de los ocupantes y de terceros.
  3. Declarar el estado de ruina parcial. La resolución deberá ordenar la ejecución de las medidas citadas según a) respecto de la parte no declarada en ruina, y respecto de la parte afectada debe atenerse a lo dispuesto en la letra b).

En resumen, los propietarios del edificio se encontrarán ante una situación de desalojo, en la que tendrán que tomar decisiones, según sea su caso.

Si se encuentran en el primer caso, esto es que el derrumbe se produzca por obras en su edificio, podremos asesorarles, tanto desde el punto de vista técnico – con un Informe pericial- como desde el punto de vista jurídico – reclamando judicialmente a los responsables

Si está en el segundo caso, lamentablemente son los propietarios los que tienen que asumir el coste de las reparaciones, y a nadie podrán reclamar.

26 Comentarios
  1. Laura Galvez

    Buenos días, que responsabilidad tendría el propietario de una vivienda si se derrumba y causa daños a un 3°. La propiedad tiene más de 40 años pero se hizo sin el proyecto de un arquitecto o aparejador y no tiene seguro. Gracias

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    • DPcon reclama los daños de tu vivienda

      Estimada Sra. Galvez:

      El propietario de la vivienda sí que tiene responsabilidad por el derrumbe de su vivienda y los daños
      que haya podido provocar. El plazo para reclamarle es de un año. Si quiere que le emitamos
      presupuesto para informe pericial y/o reclamación, mándenos la documentación y fotografías
      a dpcon@dpcon.es o llámenos al 646 567 732. Un cordial saludo.

      Responder
  2. María 623393493

    Hola .quisiera saber si compro una casa en ruinas ..se puede vivir en ella y ir arreglando la poco a poco..o asta que no se ejecute una reforma nosé puede vivir hay?también quería saber si al final se desploma esa vivienda..yo estaría obligada a pagar el desastre que existiera..la recibida de escombros ya que soi la propietaria? O la recojida de escombros corre a cargo del ayuntamiento? Porfavor si me lo puede contestar con urgencia

    Responder
    • DPcon reclama los daños de tu vivienda

      Buenos días María;

      La responsabilidad del mantenimiento y la conservación de una propiedad en ruinas o que amenaza ruina es del propietario.
      Y el Ayuntamiento lo que puede incoar es expediente en su contra responsabilizándole del peligro que suponga. Sin otro
      particular un cordial saludo.

      Responder
  3. Diego

    Buenas tardes. Mis padres fallecieron y tenían una casa en el campo, y fue declarada en ruina parcial. Yo por vivir en otra comunidad no estoy muy interesado en papeleos y reformas, pero el terreno como está dentro de una finca familiar no sabemos si es posible demoler y utilizarlo para agricultura o sí debe seguir como zona urbanizable.

    Responder
  4. Pilar

    Hola se a derrumbado mitad de 5 pisos y el piso está alquilado. Yo soi el propietario hay q restringir encontrado al inquilino.

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  5. Javier

    Buenos días. En el caso de que un edificio colapse parcialmente «por otras causas», pero ha pasado menos de un mes desde que ha pasado una ITE sin fallos graves (y los leves no están relacionados con el derrumbe), ¿sigue siendo responsabilidad de los propietario del edificio?

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    • DPcon reclama los daños de tu vivienda

      Estimado D. Javier:
      La Inspección Técnica del Edificio es obligatoria pero no es una inspección muy exhaustiva
      que garantice el estado y seguridad del edificio, y menos si el derrumbe como comenta ha sido por
      «otras causas». Si quiere que un perito nuestro le emite presupuesto, pongase en contacto
      con nosotros en dpcon@dpcon.es . Un cordial saludo

      Responder
  6. Anthony

    Si un edificio de 2 plantas y varias decenas de vecinos no pasa lTE, se declara en ruina y el Ayuntamiento va a derribar el edificio y construir uno nuevo. ¿Quién paga todo eso? ¿Los vecinos tienen que pagar algo por el derribo o por la diferencia de precio entre su piso antiguo y el nuevo?

    Cuando esté construido el nuevo piso, ¿cuál te dan?, si antes vivía en una 1ªplanta, me darán 1ªplanta o me dan el que quieran?

    ¿si el piso vale el doble que antes, porque es nuevo, moderno y más grande, esa diferencia hay que pagarla o te quedas con el piso nuevo gratis?

    Espero su ayuda.

    Muchas gracias.

    Responder
    • DPcon reclama los daños de tu vivienda

      Estimado Anthony:
      No creemos que sea así. Si se declara el edificio
      en ruina es la propiedad la que tiene que asumir
      y encargarse de demoler y reponer todo en estado
      adecuado para que no ponga en riesgo las personas ni
      otras propiedades. Un cordial saludo

      Responder
  7. Valeria

    Buenos días, vivimos en un piso alquilado y una vez por un mal mantenimiento de la silicona de la bañera y otras dos veces por averías imprevistas causamos goteras a los vecinos de abajo. Si hay un daño estructural que supongo que la inspección técnica del edificio no vería, quien se haría cargo de las consecuencias de un posible daño causado por el techo del vecino. Lo que más me preocupa es que se pueda caer el techo por daño estructural. A quien le recaeria la responsabilidad en este caso a nosotros o al dueño?

    Responder
  8. Alvaro Pazos Rodriguez

    Buenos días, mi edificio ha sido reformado hace 4 años y tiene la ITE pero se ha desplomado la finca colindante produciendo daños en mi edificio. El ayuntamiento nos ha desalojado hace 5 meses y ni el ayuntamiento ni los seguros me han ofrecido ayudas dejándome desamparado, ahora tenemos que hacer frente a los gastos de reparación de mi edificio que son muy muy alto, el ayuntamiento de Ferrol debería de ofrecerme alguna ayuda? tengo derecho a solicitar una vivienda? muchas gracias

    Responder
  9. Martí B

    Hola, soy alquilado y se cayó el techo de mi cocina por no arreglarlo cuando nos quejamos a la propietaria. De esto hace ya casi 2 años y nunca han intervenido.
    Por desgracia ayer cayo una biga con el techo y se vino abajo media cocina estando mi hermano, yo y nuestras 3 mascotas en casa. Estamos vivos de milagro, han desalojado el edificio entero (un edificio de mas de 130 años de antigüedad y 3 pisos) no tenemos otra residencia por lo que nos separamos mi madre con su pareja, mi hermano y yo y vamos a donde nos dejen pasar unos días hasta que se solucione esto. De repente estamos sin casa por culpa de los propietarios que a diferencia de nosotros SI tienen casa y no se han preocupar de donde pasar la noche.
    Gracias por la atención y la ayuda.

    Responder
  10. Axel Moreno

    Buenas noches veran mi pregunta es yo vivo en un departamento que compre en el piso 10 de este edificio pero a causa de un terremoto nos han dicho que desalojamos si por casualidad el edificio se cae, como puedo construir mi departamento del piso 10 si el que está en la base no quisiera construir o construya sin suficiente base para los 12 piso que tiene actualmente este edificio

    Responder
    • DPcon reclama los daños de tu vivienda

      Estimado Sr. Moreno
      En esos casos normalmente se hace cargo el consorcio de seguros,
      si su edificio está en España. Si está Vd en otro país, desconocemos
      cómo se procede allí. Un cordial saludo.

      Responder
  11. Esther

    Buenos días,
    La casa de enfrente de la mía está practicamente abandonada y he observado que el tejado se esta empezando a undir y la fachada no tiene buena pinta. No sabemos quiés es el propietario de la casa ¿Puedo hacer algún tipo de solicitud al ayuntamiento para que la arreglen o hagan un derrumbamiento controlado?
    Gracias

    Responder
    • DPcon reclama los daños de tu vivienda

      Estimada Dª Esther:
      Sí, puede ponerlo en conocimiento del Ayuntamiento por si tuvieran
      que tomar medidas e incoar un expediente de ruina. Un cordial saludo.

      Responder
  12. Coral Torrecillas

    Estimado Señor! Tengo una casa en el pueblo que tiene una habitacion en engalaberno, mi casa es nueva pero esta habitacion que esta encima de la casa del vecino es una estructura muy muy antigua, de la edad media diria yo, y se ha undido, mi cama ahora ha caido a la casa del vecino, el arreglo de la estructura quien lo paga?, el vecino me dice que yo le tengo que pagar la cocina, es así? Me ayudaria muchisimo con cualquier respuesta! Muchas gracias

    Responder
  13. Coral Torrecillas

    Hola tengo una casa con un engalaberno, el suelo ha colapsado y ha caido en la casa del vecino que ahora me pide que le pague su cocina, cuando la estructura es de los dos, tendria yo que pagar o cada uno se paga sus daños?

    Responder

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