¿Cubre el seguro los daños de mi casa?

julio 8, 2020

 

               1- ¿Los daños que tengo en mi casa los cubre mi seguro?:  No;  no  los cubre normalmente su seguro. Su seguro suele ser un “seguro multi-hogar” que responde por los perjuicios  que desde su casa se hayan producido por  una avería de agua con daños al vecino de abajo, o incluso cubra un seguro de incendios, o la responsabilidad por alguna caída de una maceta desde el balcón de su casa  a la calle por el viento, haciéndole daños a un coche o a personas. Poca cosa más responde. Pero no cubre nada de los daños que usted tenga en su casa, como grietas, humedades, e imperfecciones o defectos de obra. 

             2- ¿Y el  Seguro Decenal  que hizo el  Promotor cuando contrató la obra nos sirve?: Normalmente Tampoco. Se llama decenal porque dura 10 años, pero existen dos problemas: Que tiene que afectar el daño,  a la obra fundamental y estructural. Tienen que aparecer en el edificio auténticas grietas. Daños que afecten a la cimentación, vigas, forjados, muros de carga o elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia o estabilidad del edificio (que corra riesgo de caerse).  Por decirlo de alguna manera más sencilla: lo que casi nunca ocurre. Sólo diez  de cada cien comunidades, que nos consultan,  (un 10%), tienen daños que comprometan a la cimentación y estructura. Lo normal es que tengan humedades, fisuras, falta de aislamientos, mala ejecución de obra, ACS, garajes pequeños que no cumplen etc. Y estos daños NO están cubiertos.

            3- ¿No hay seguros entonces que  cubra los daños constructivos? Sí, si los hay, pero se ha de pasar necesariamente por demandar, ¿a quién?: al seguro del arquitecto o al aparejador o arquitecto técnico. A esos seguros si se les puede demandar directamente, pues cubren todos los eventos o defectos que tenga la obra o el edificio, dependiendo de los años que hayan pasado desde que se acabó la obra. No es difícil localizar a dichas entidades aseguradoras, pues tanto los arquitectos como aparejadores tienen ambos dos compañías/mutualidad,  a las que están adscritos en un 90%, todos ellos.

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