Imputación de responsabilidad a los proyectistas

febrero 5, 2013

El proyectista es responsable de los daños que se deriven de una insuficiencia, incorrección o inexactitud del proyecto, valoradas en función de la normativa aplicable a la redacción de proyectos y a lo que se haya establecido en el contrato. El proyectista responde tanto si tales deficiencias se deben a hecho u omisión propia como si tienen su causa en los cálculos, estudios o dictámenes que el proyectista haya encargado a otros profesionales. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad directa de estos otros profesionales tanto frente a los propietarios como frente al proyectista en vía de regreso.

Si junto al proyecto principal existen proyectos parciales que han sido redactados por técnicos entre los que no media ninguna relación de dependencia profesional y que no fueron subcontratados por ninguno de los proyectistas que participan en la proyección, entonces cada proyectista asumirá la responsabilidad por las deficiencias de su proyecto. Pero dado que en tal caso la LOE encomienda al proyectista principal la labor de coordinación de todos los proyectos, el proyectista principal responderá de los daños que provengan de un defecto de coordinación entre los distintos proyectos. El carácter de asalariado del proyectista no le exonera de su responsabilidad personal como técnico.

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Responsable » DPCON RECLAMACIONES JUDICIALES SL
Finalidad » Prestación de servicios requeridos
Legitimación » tu consentimiento
Destinatarios » No se cederán datos a terceros.
Derechos » Tiene derecho de acceso, rectificación y supresión

Artículos relacionados

Seguro decenal

Seguro decenal

Qué es el seguro decenal, qué cubre y qué suelen responder los seguros.      Seguro decenal Qué es el seguro decenal Qué importe debe cubrir el seguro decenal. Qué suelen responder los seguros.     Qué es el seguro...

Cantidades a cuenta de viviendas sobre plano

Cantidades a cuenta de viviendas sobre plano

Las promotoras tienen el deber de aportar una serie de garantías al recibir cantidades a cuenta         Los bancos deben exigir esas garantías o responderán subsidiriamente por ellos.                 Provocado por unos conocidos casos...

Condena por daños constructivos de dos adosados

Condena por daños constructivos de dos adosados

Condenada promotora a pagar 85.000 por daños constructivos en dos adosados.                    Acaba de notificarse Sentencia de Primera Instancia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 33 de Madrid, que da la razón a los...

¡NO DUDE EN CONSULTARNOS!

PRESUPUESTOS A MEDIDA

Concierte una reunión online

6 + 5 =

LOPD-RGPD-LSSI

La comunicación enviada quedará incorporada a un fichero del que es responsable DPCON RECLAMACIONES JUDICIALES S.L. Esta comunicación se 'utilizará exclusivamente para tratar sus datos para atender su solicitud, siempre de acuerdo al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), la Ley Orgánica 15/1999 (LOPD) y el Real Decreto 1720/2007 de desarrollo de la LOPD), sobre protección de datos. Sus datos no se comunicaran a terceros, excepto por obligación legal, y se mantendrán mientras no solicite su cancelación.
En cualquier momento usted puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, portabilidad y oposición, o si procede, a la limitación y/o cancelación del tratamiento, comunicándolo por escrito, indicando sus datos personales a a dpcon@dpcon.es.

Contacto

Teléfonos:  911 61 01 65 

                     646 567 732

Email: dpcon@dpcon.es

Sede central:  Paseo de la Castellana 91, 4º-1
CP 28046,  Madrid

SERVICIO EN TODA ESPAÑA