Perito judicial de daños constructivos

octubre 28, 2019

Necesito un perito judicial de daños constructivos. 

Normalmente se utiliza equivocadamente el término perito judicial, confundiéndolo indistintamente con el profesional experto en una materia (perito arquitecto, perito médico, perito calígrafo…etc) que actúa en un procedimiento contratado por los clientes y también con el que ha sido designado por el Juzgado. Porque popularmente se tiene asociado el término “perito judicial”, a un perito que tiene que actuar en un juzgado, en una reclamación judicial. Pero no es así. Existen dos clases de peritos, los peritos judiciales y los peritos de parte. 

 

¿Quién puede ser  perito?

 Cualquier experto o profesional que tenga conocimientos científicos , artísticos, técnicos o prácticos sobre la materia que se está discutiendo y que puedan ilustrar al juez, son los llamados peritos, que deben presentar su informe pericial cumpliendo una serie de requisitos legales.

 Diferencia entre un perito judicial y un perito de parte.

  •    Los peritos de parte, son los peritos presentados por alguna de las partes, o por el demandante o por el demandado. Esos peritos –y su informe pericial- deben haber sido propuestos o con la demanda o con la contestación a la demanda.  Aunque esos peritos –arquitectos superiores en el caso de Reclamación por daños constructivos – deben jurar o prometer que han actuado con la mayor objetividad posible, se da por hecho que no van a perjudicar al propio cliente que los ha contratado, aunque eso no significa que el juez no cuente con sus consideraciones, dado que están ahí para ilustrarle en materias que él desconoce .
  •  Y por otro lado, el perito judicial, es el profesional que está inscrito en una bolsa de peritos del juzgado, y que por sorteo, se le nombra para actuar en determinado procedimiento. No se trata de un cuerpo de funcionarios, son profesionales liberales –de la misma cualificación que el resto-, pero  que han sido designado por insaculación , y por ello se le tendría que presumir imparcialidad (aunque luego sabemos que cada cuál, como todo hijo de vecino,  tiene sus filias/fobias) .

  La solicitud del perito judicial puede ser realizada tanto por las partes, como por el propio juez. Si lo pide alguna de las partes, el perito judicial suele pedir una provisión de fondos no especialmente módica, para aceptar el encargo, y ojo, que eso no significa que le vaya a dar la razón a quien le pague esa provisión.

 

Lo mejor, y lo que recomendamos es SIEMPRE ir en una reclamación judicial con un buen perito de parte, un perito arquitecto especialista en daños constructivos, cuyo informe pericial sea riguroso, completo y convincente, y sólo en algunos casos, se podría plantear solicitar una pericial judicial pero para que complemente y ratifique lo dicho por el perito de parte.

 

Si tiene alguna duda o quiere pedir presupuesto, contáctenos.

 

 

4 Comentarios
  1. Jorge Nicolas

    Buenos días,

    Quería pedirles presupuesto para un peritaje de parte.

    Acabamos de terminar la construcción de nuestra casa (pareado de 100m2) en Rivas y nos han hecho una chapuza en cuanto a acabados: azulejos con golpes, carpinterías que no llegan al solado, bañeras giradas que no cuadran con el alicatado…
    Además han bajado la calidad de fontanería de Uponor a otra marca inferior (Tucai creo) y de los aparatos sanitarios de Roca a una marca también inferior (Gala).

    ¿cuánto costarían sus servicios de Peritaje de Arquitecto?

    ¿Cuánto creen podemos llegar a reclamar a la constructora?

    En principio un amigo nos llevaría el tema de abogacía, pero cuánto costaría este servicio si él no nos lo hiciera.

    Un saludo y muchas gracias

    Responder
  2. Laura

    Buenos días me hicieron una chapuza al colocarme la tarima del suelo de mi casa y ahora suena todo al pisar muchísimo. Podría denunciar???

    Responder

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